SIPER de AFIP. Solicitar reconsideración o disconformidad.

El SIPER es un “Sistema de Perfil de Riesgo” el cual emite evaluaciones mensuales sobre el cumplimiento de los deberes de los ciudadanos.

La evaluación de este sistema informático se verá reflejado en categorías asignadas, lo cual repercutirá en los beneficios fiscales, limitándolos o concediéndole más.

El objetivo será mostrar de manera transparente y rápida la situación fiscal de los contribuyentes de acuerdo al cumplimiento de sus obligaciones.

¿Qué información toma SIPER para establecer categorías de riesgo?

Para poder asignar una categoría, el sistema evaluará los siguientes puntos:

  • Incumplimiento de Pago
  • Cuotas impagas en planes de facilidades
  • No presentación de declaraciones juradas
  • Presentaciones de IVA sin movimientos
  • Cambio de domicilio reiterados
  • No adherir al Domicilio Fiscal Electrónico
  • Facturas apócrifas
  • Relación débito/crédito dudoso
  • Declaración de quiebra
  • Concurso preventivo
  • Procesos Judiciales o causas penales
  • Ajustes significativos en la fiscalización de los impuestos declarados
  • Estar en la central de deudores del BCRA.

Categorías SIPER

Una vez evaluados todos los puntos mencionados anteriormente, el sistema emitirá una categoría, la cual será analiza cada mes:

  • Categoría A: Muy Bajo
  • Categoría B: Bajo
  • Categoría C: Medio y nuevas altas (nuevas altas refiere a contribuyentes con antigüedad inferior a seis meses)
  • Categoría D: Alto
  • Categoría E: Muy Alto

Atención: esta categorización SIPER no tiene ninguna relación con las categorías de monotributo.

SIPER AFIP Riesgo

Cómo saber la categoría SIPER asignada

Para poder entrar en conocimiento de cuál es la categoría que le fue asignada deberá cumplir ciertos requisitos:

  • Poseer Domicilio Fiscal Electrónico (y tenerlo actualizado)
  • Tener actualizado el código relacionado a su actividad (consultar el “Clasificador de Actividades Económicas, Formulario 883).
  • Brindar un correo electrónico y número de celular
  • Tener el CUIT activo sin limitaciones.
  • Contar con un impuesto activo y vigente

Si cumple con lo mencionado ingresar en https://www.afip.gob.ar con su clave fiscal (de seguridad 2 como mínimo), dirigirse a la opción “Sistema Integral” y a continuación “Trámites SIPER”.

Solicitar reconsideración de SIPER

Puede suceder que el sistema otorgue una categoría errónea respecto a la realidad fiscal del interesado.

Si esto ocurriera, deberá hacer una solicitud de reconsideración a través de la web de AFIP, en “Trámites/SIPER, opción “Solicitud de Reconsideración”.

Pasados 7 días el sistema volverá a evaluar la información y se le informará su nueva categoría a través del Domicilio Fiscal Electrónico.

Existe una limitación para los nuevos contribuyentes o aquellos que reinicien su actividad. Podrán efectuar el reclamo pasados los seis meses desde el alta de impuestos.

Presentar disconformidad SIPER

Una vez reconsiderada la categoría, de continuar disconforme con ella, podrá presentar el reclamo nuevamente dentro de los 15 días de la comunicación a través de la misma web, seleccionando la opción “Presentación de Disconformidad”.

En un plazo de 48hs se comunicará si el reclamo es válido o no. En caso de ser válido tendrá 10 días para presentar un formulario 206 en la dependencia que le corresponda, con la documentación que crea pertinente ayude en el caso.

AFIP podrá solicitar más información si fuese necesario, si no accede a este pedido dentro de los 15 días posteriores, el caso será desestimado.

El mismo plazo corre para asignarle la categoría correcta si la investigación resulta satisfactoria. Así mismo, no será evaluado por un plazo de 90 días posteriores a la asignación de la nueva categoría.